DISPOSITIVO:
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE LA CONSULTA ordenada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen y Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ASMEL CUBILLAN en contra de ENTIDAD FEDERAL ESTADO ZULIA, POR ÓRGANO DE LA GOBERNACION DEL ESTADO ZULIA.
TERCERO: Se MODIFICA el fallo consultado.
CUARTO: No se condena en costas procesales de conformidad con el artículo 76 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en concordancia con el artículo 36 de la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencias de Competencias del Pod.....