Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR EL RECURSO, de apelación interpuesto por la parte demandada recurrente, en contra de la decisión de fecha quince (15) de julio del año 2013, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia. SEGUNDO: CON LUGAR, la pretensión incoada por la ciudadana ELIZABETH MUÑOZ en contra de la sociedad mercantil ASOCIACIÓN DE ESCUELAS ARQUIDIOCESANAS DE MARACAIBO. TERCERO: SE MODIFICA, la decisión de fecha quince (15) de julio del año 2013, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia. CUARTO: No se condena el pago de costas procesales del prese.....