En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por extinción de hipoteca por prescripciòn de la obligación, incoada por el ciudadano JESÚS ANTONIO SILVA, contra la Sociedad Mercantil "EMPRESA DE DESARROLLO URBANO TURISTICO ARQUITECTONICO CONQUISTA, (EDUTAC, C.A").
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara extinguida la hipoteca legal existente a favor la Sociedad Mercantil "EMPRESA DE DESARROLLO URBANO TURISTICO ARQUITECTONICO CONQUISTA, EDUTAC C.A", sobre el inmueble constituido por un lote de terreno con una superficie de Nueve Mil Novecientos Sesenta Metros Cuadrados (9.960,00 Mts 2),ubicado en el sector Genovés al Este de la ciudad de Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, el cual tiene los siguientes linderos: NORTE: En Ciento Veinte metros (120 mts), con Avenida Aeropuerto Nº 1, de por m.....