Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EN FUNCIONES DE JUICIO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA JUDICIAL PREVENTIVA PRIVATIVA DE LIBERTAD, en contra de los acusados JHONNY ENRIQUE PINEDA PARRA, venezolano, natural de Maracaibo estado Zulia, soltero, titular de la cédula de identidad número V-15.946.402, hijo de Jhonny Pineda y de Elida Parra, residenciado en el Sector Cañada Honda Av. 40 con Calle Gil casa N° 90-70 Maracaibo estado Zulia; y JHONATHAN JESUS PINEDA PARRA, venezolano, natural de Maracaibo estado Zulia, titular de la cédula de identidad número V-15.946.403, casado, hijo de Jhonny Pineda y de Elida Parra, residenciado en el Sector Cañada Honda Av. 40 con Calle Gil casa N° 90-70 Maracaibo estado Zulia. de conformidad con los artículos 44 de la Constitución Nacional e concordancia con en los artículos 250 y .....