y en consecuencia, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO INTENTADA, ordenándose el inmediato reenganche del trabajador reclamante a su puesto habitual de trabajo, conforme indica en su solicitud, y condenándose a la parte demandada al pago de los salarios caídos dejados de percibir desde la fecha de su injustificado despido hasta su efectiva reincorporación al cargo; los cuales deberán ser calculados por experticia complementaria del presente fallo.