DECISION
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: Con Lugar, el recurso de apelación interpuesto por la Abogada MARIA EUGENIA DUPUY ACURERO, actuando con el carácter de Fiscal Décima Novena del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, con sede en la Municipio Cabimas del Estado Zulia, SEGUNDO: ANULA la Decisión Nº 1C-272-2010, de fecha 16-03-10, dictada por el Juzgado Primero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, mediante la cual se decretó Medidas Cautelares Sustitutivas de la Privación Judicial Preventiva de Libertad al imputado DUVEL ALFONZO RIERA BRICEÑO, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinales 3º y 4º del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida al mencionado ciudadano, por la presunta comisión de los delitos d.....