En este estado el Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente Embargado Ejecutivamente, el inmueble señalado y descrito con anterioridad hasta cubrir la cantidad SESENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 60.000.000,00). En este estado el apoderado actor, ya identificado expuso: Pido al tribunal que encontrándose el inmueble ocupándolo el ciudadano RONNY MORALES, identificado, se deje el mismo como guardador y custodio de dicho inmueble. Seguidamente el tribunal visto el pedimento formulado por la parte actora, provee de conformidad con lo solicitado, y deja en calidad de guardador y custodio del inmueble legalmente embargado ejecutivamente en este acto, al ciudadano RONNY MORALES, ya identificado, quién deberá darle el cuidado como un buen padre de familia, para que continúe ocupándolo hasta el remate. Así mismo el tribunal acuerda, oficiar a la Oficina Subalterna del Registro del Municipio Cab.....