En razón de lo expuesto este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE EL RECURSO DE CASACIÓN anunciado por el Abogado JESUS NATERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.373.584 y de este domicilio, abogado en ejercicio inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 29.915, contra la sentencia dictada por este Juzgado Superior en fecha Veintidós (22) de Julio de 2024, de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 312 y el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil.