Este Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro-Occidental, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SU COMPETENCIA para conocer el recurso de apelación interpuesto en fecha 13 de agosto de 2003, por el Abogado Pedro Antonio Morales Aguilar, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nº 71.521, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ HUMBERTO RODRÍGUEZ, contra la sentencia dictada en fecha 6 de agosto de 2003, por el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, mediante el cual declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto por la Abogada Audelina Valera Márquez, inscrita en el Instituto de Prevención Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el N°. 19.356, actuando con el carácter de apoderada judicial del querellante, contra el INSTITUT.....