Examinados los documentos acompañados y la norma ut supra transcrita, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus FRANCISCO BELLERA RIVERO; quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, Licenciado en Ecuación, casado, titular de la cédula de identidad número 3.927.838; fallecido el día veintitrés (23) de mayo de 2017, en jurisdicción de la parroquia Olegario Villalobos del municipio Maracaibo del estado Zulia, a los ciudadanos FANNY MARGARITA CHAVEZ DE BELLERA, FRANCIS DE LOS ANGELES BELLERA CHAVEZ, FRANKLIN JOSE BELLERA CHAVEZ, FABIOLA DE LOS ANGELES BELLERA CHAVEZ y FRANCISCO JOSE BELLERA CHAVEZ, venezolanos, mayores de dad, titulares de las cédulas de identidad números 4.704.907, 13.481.234, 13.481.233, 16.846.655.....