Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en la incidencia surgida en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO (CONFLICTO DE COMPETENCIA) seguido por la ciudadana JULIA DEL CARMEN MORALES DE COELLO, en contra de la ciudadana ZAILET ANMERYS PRADA GALLARDO, declara:
• INCOMPETENTE, para conocer el conflicto negativo de competencia suscitado entre los Juzgados Primero y Tercero de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a raíz de la inhibición formulada por el juez del Juzgado Segundo de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 08 de noviembre de 2012.
• Que el Tribunal competente para conocer el presente asunto, es el Juzgado de Primera .....