Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA EL DESESTIMIENTO HECHO POR LA PARTE ACTORA EN ESTA CAUSA , Y EN CONSECUENCIA DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, interpuesto por la Parte Actora, la empresa PDVSA PETROLEO, S.A., domiciliada en la Ciudad de Caracas Distrito Capital, contra de la Parte Demandada MARITZA ANDREWS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V- 4.917.696, domiciliado en el Municipio Maracaibo, del Estado Zulia , por motivo de Cumplimiento de Contrato.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
TERCERO: Se ordena notificar de la presente decisión al ciudadano Procurador Gener.....