Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la recusación interpuesta por la Abogada en ejercicio LESLIS MORONTA LÓPEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 12.143, en su carácter de defensora del acusado EDGAR ALEXANDER REYES TREJO, en contra de la ABOG. CATRINA LÓPEZ FUENMAYOR, en su carácter de Juez (S) del Juzgado Sexto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la causa N° 6M-091-04, seguida al mencionado ciudadano, a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, por no encontrarse .....