Por los Fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEPTIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la ley, ORDENA Notificar al Fiscal 39 del Ministerio Público informándole sobre la fijación del lapso preclusivo acordado de treinta (30) días para emitir lapso conclusivo correspondiente en la presente causa, seguida al imputado FRANCISCO JAVIER RIOS RIOS, venezolano, natural de Maracaibo, 57 años de edad, fecha de nacimiento 03-12-47, titular de la cédula de identidad No 3.115.244, seguridad, soltero, hijo de José Ríos y Josefa Ríos, residenciado en la avenida 3B, 89-56, a una cuadra del antiguo teatro Imperio Municipio Maracaibo del Estado Zulia, por los delitos de Hurto y Estafa en perjuicio de Lisbeth Crespo, Jhon Colina y Glenda Díaz, vencido el referido lapso, sin haber consignado el representante del Ministerio Público el lapso conclusivo respectivo, el tribunal de oficio decretara e.....