Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE DIVORCIO propuesta por ciudadano DAMIÁN HILARIO LÓPEZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 12.327.963, domiciliado en el Sector Guabinas, calle Córdova con calle Cojedes, casa N°39, Parroquia Carmen Herrera del Municipio Cabimas del Estado Zulia, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio, ciudadana, YELITZA MARGARITA PRIETO LÓPEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 310.844, en contra de la ciudadana MARELVIS MILDRETH GALVÁN RAMÍREZ, extranjera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número E-84.592.693 y Pasaporte número CC 49719204, domiciliada en el Sector Nuevo Juan, calle Bue.....