´En razón de lo anterior, por cuanto se observa que la presente acción persigue que se ordene a la empresa petrolera PETROLEOS DE VENEZUELA S.A (PDVSA), la tramitación de la recuperación de la salud del ciudadano MOISES JOSE YEGUEZ VELASQUEZ, y sea radicada en la ciudad de caracas, bajos las órdenes directas de dicha empresa, y visto que la parte accionada es una empresa que ha sido objeto de una medida de adquisición forzosa por parte del Estado Venezolano, quien ahora ejerce un control decisivo sobre su administración, resulta evidente que la competencia para conocer del presente juicio corresponde a los órganos de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, por atribución legal y jurisprudencial.-
Es por las razones antes expuestas y en con el fin de garantizar el debido proceso, la tutela judicial efectiva y el derecho de las personas naturales o jurídicas a ser juzgadas por sus jueces naturales, resulta obligatorio para quien aquí se pronuncia actuando en nombre de la Repúbl.....