PARTE DISPOSITIVA
Con fundamento a las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta decisión y por cuanto este Tribunal considera suficientes las razones y hechos expuestos por los demandantes ciudadanos SERGIO LUIS PORTILLO PALMAR Y MEGLY YALEXYS GAMARRO CANTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números V-17.279.476 y 19.439.584, correos electrónicos: serporti@gmail.com y mygc198@hotmail.com, números de teléfonos WhatsApp: 0424-6138726 y 0412-1214115, respectivamente, domiciliados en el municipio Machiques, Jurisdicción de la Parroquia Libertad, Municipio Machiques de Perijá del Estado Zulia, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MACHIQUES DE PERIJA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: Consumado el acto procesal del desistimiento de la demanda intentada por los ciudadanos SERGIO LUIS .....