Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho: PRIMERO: Declarar con Lugar la solicitud incoada por la Fiscal Auxiliar VIII del Ministerio Público, Abg. Carmen Cueto, por requerimiento del ciudadano Daniel David Ariza Barrios; titular de la cédula de identidad número V-19.691.442, en beneficio de la niña cuya Identidad se omite conforme a lo establecido en el articulo 65 de la LOPNNA. SEGUNDO: Se nombra TUTOR de la niña cuya Identidad se omite conforme a lo establecido en el articulo 65 de la LOPNNA a su tío materno, ciudadano Daniel David Ariza Barrios; en razón de lo cual tiene el referido ciudadano las facultades contempladas en los artículos 358, 359, 391, 392 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, referidas a la Respon.....