Se publicó sentencia interlocutoria, mediante la cual este Tribunal: 1.- HOMOLOGA el desistimiento de la impugnación de la experticia complementaria del fallo de fecha 3 de junio de 2015, presentada por el abogado Darío Romero Delgado, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Esteban Enrique Mavares Parra, todo ello en el juicio incoado por el prenombrado ciudadano frente a las sociedades mercantiles PROENERGY SERVICES DE VENEZUELA, C.A., y DERWICK ASSOCIATES DE VENEZUELA, S.A., en consecuencia, queda firme su contenido. 2.- NO HAY CONDENATORIA en costas procesales dada la naturaleza de la decisión.