Por los fundamentos antes expuesto este Juzgado Quinto de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia constituido de manera Unipersonal, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, Acuerda: PRIMERO: Acuerda la libertad plena del ciudadano JORGE ANDRES GALBAN, por la presunta comisión del delito de AMENAZAS, cometido en perjuicio de EUGENIA LUISA OCANDO MOLERO visto el Sobreseimiento de la causa según lo dispuesto en el Artículo 318 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se ordena oficiar a los Cuerpos de Seguridad del Estado en el sentido de que borren de pantalla cualquier Orden de Aprehensión que aparezca en contra del ciudadano antes mencionado. Se oficia al Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, anexando boleta de libertad del ciudadano antes mencionado.