En este estado el Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara legalmente EMBARGADO PREVENTIVAMENTE el CIEN POR CIENTO (100%), de las cantidades de dinero, que por concepto de PRESTACIONES SOCIALES, CAJA DE AHORROS, FIDEICOMISO E INTERESES, le pueda corresponder al ciudadano IVAN GREGORIO GONZALEZ SOTO como trabajador al servicio de la empresa P.D.V.S.A PETROLEO S.A, para el momento del retiro del lugar de trabajo por la causa que fuere. Se le informa al notificado que una vez se retengan las cantidades de dinero por los conceptos antes mencionados, deberán ser remitidas en cheque de gerencia, a la orden del TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, JUEZ UNIPERSONAL 01, con sede en la ciudad de Cabimas, todo ello para garantizar las Pensión de Alimentos a favor del niño y/o Adolescente ANGEL SAMUEL GONZALEZ MALDONADO, debiendo re.....