REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

DESPACHO DE MEDIDA N° 3290

En el día de hoy nueve (09) de Julio, de 2004, siendo las nueve y veinte, de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a objeto de ejecutar medida de Embargo Preventivo, decretada por el JUZGADO DEL PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el Juicio de LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, seguido por la ciudadana MIRIAM BEATRIZ HERNANDEZ MAGDALENO en contra del ciudadano LUIS ANGEL REYES FLORES, titular de la cédula de identidad N° 11.456.538. Seguidamente el Tribunal una vez constituido en la sede de la empresa, P.D.V.S.A., PETROLEO S.A., ubicada en el Edificio La Salina, Municipio Cabimas del Estado Zulia, procede a notificar del objeto de su traslado y constitución al ciudadano Antonio Urdaneta, titular de la cédula de identidad N°4.592.535,en su condición de Apoderado de la empresa PDVAS PETROLEO S.A. En este estado, presente la apoderada judicial de la parte actora, abogada en ejercicio CELIA ATENCIO inscrito en el inpreabogado bajo el N° 21521, expuso: Solicito al tribunal se sirva ejecutar la medida de Embargo Preventivo decretada por el juzgado de la causa sobre los conceptos que le puedan corresponder al ciudadano LUIS ANGEL REYES FLORES, como trabajador al servicio de PDVSA PETROLEO S.A, y que menciono a continuación: PRESTACIONES SOCIALES Y SUS INTERESES, CAJA DE AHORRO, VACACIONES Y LOS INTERESES RESPECTIVOS.