DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: REPONER LA CAUSA al estado iniciar nuevamente la fase de REMATE del presente juicio, debiendo observarse las disposiciones relativas al Justiprecio, de conformidad con lo establecido en los artículos 556 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, en el presente juicio que por LIQUIDACION Y PARTICION DE LA COMUNIDAD HEREDITARIA, ha sido incoada por los ciudadanos CLAUDIA ANABELLA CAMPILII TRABUCCO, GLORIA MARINA CAMPILII TRABUCCO, ADRIANA MARIA CAMPILII TRABUCCO Y SABATINO CAMPILII TRABUCCO, en contra de la ciudadana NEIVA DEL VALLE PIÑA DE CAMPILII.
SEGUNDO: Se acuerda fijar oportunidad para la designación de peritos conforme lo establece la norma antes mencionada en los términos expuesto.....