Por los fundamentos ut supra expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la denuncia de inmotivación por silencio de pruebas, aducida por la representación judicial de la parte demandada.
SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el profesional del Derecho MANUEL DE JESÚS RIVAS MORA, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada, Sociedad Mercantil SEGUROS UNIVERSITAS, C.A., contra la sentencia de mérito No. 14, dictada en fecha 29 de noviembre de 2022, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
TERCERO: SE CONFIRMA en todas sus partes, la sentencia de mérito No. 14, dictada en fecha 29 de noviembre de 2022, por el Juzg.....