Por los Fundamentos expuestos esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO, el recurso de apelación de autos interpuesto por la profesional del derecho MARÍA EUGENIA BARRUETA GONZÁLEZ, en su carácter de Fiscal Provisoria Cuadragésima Octava del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, ejercido contra la resolución No. 086-17, de fecha 4 de mayo de 2017, dictada por el Juzgado Primero Itinerante con Competencia en Delitos Económicos y Fronterizos de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual declaró PRIMERO la nulidad de la acusación fiscal, en virtud de la existencia de violación de normas de orden público constitucional, como lo es el derecho a la defensa y el debido proceso al ciudadano SANTANA SEGUNDO COUSIN VILLALOBOS, a quien se le instau.....