PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada en ejercicio JOHANNA CAROLYN KUIPER QUINTERO, actuando en su propio nombre y representación, contra el fallo dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 30 de enero de 2009.
SEGUNDO: se CONFIRMA el fallo dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 30 de enero de 2009, declarándose con lugar la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, sigue la ciudadana JOHANNA CAROLYN KUIPER QUINTERO, contra la sociedad mercantil VIDEO MUSIC HOME, C.A., y contra la ciudadana NINOSKA VANESSA GRAHAM ROMERO, empero, se MODIFICA en el sentido que se condena a las demandadas a cancelar a la parte actora la cantidad de mil cuatrocientos bolívares (Bs. 1.400,00) por concepto de cánones de arrendamiento causados desde el mes de a.....