DISPOSITIVO:
Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA CON SEDE EN MARACAIBO, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada por el ciudadano DENKYS FRITZ, en su condición de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil VESTHER, C.A., referida a la suspensión de los efectos del acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 381, de fecha 29 de Octubre del 2010, dictada por la Inspectoría del Trabajo de Maracaibo del Estado Zulia, que declaró CON LUGAR el reenganche y pago de salarios caídos a la ciudadana MARNELLY ESTHER JIMENEZ PEÑARANDA.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.