Ahora bien, el Juez haciendo uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, instó a las partes a la conciliación lo cual fue aceptado por ambas partes, en virtud de ello, la representación judicial de la parte demandada ofreció a la parte demandante y así fue aceptado por ésta de manera voluntaria y debidamente facultada para ello, la cantidad de 8 mil bolívares fuertes, que cubre la obligación demandada, dando así fin al juicio de manera total y definitiva, pago que se efectuará en la sede del Circuito Judicial Laboral, el día viernes 10 de junio de 2011.