este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN CABIMAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ajustado a derecho el ARCHIVO FISCAL DE LA PRESENTE CAUSA decretado por la Fiscalía 47 del Ministerio Público y, por vía de consecuencia, el CESE DE TODAS LAS MEDIDAS CAUTELARES DECRETADAS en contra del ciudadano JOSE BAUDILIO CORDERO PEROZO, todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Articulo 91, Ordinal 1° de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Regístrese, Notifíquese y remítase a la Fiscalía 47° del Ministerio Público en la oportunidad legal Correspondiente.-