Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JHONNY MANARES en contra de la empresa CONSTRUCCIONES BEN-CAR, COMPAÑÍA ANÓNIMA y solidariamente a la codemandada ARQUILUZ, por conceptos de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, todos identificados plenamente en actas procesales.
SEGUNDO: Se condena a la empresa demandada, BENCAR, C.A cancelar al ciudadano actor JHONNY MANARES la cantidad de CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS BOLÍVARES CON NOVENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs. 51.962,98) por concepto de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, más los conceptos de alimentación, intereses por prestaciones sociales y de mora de la forma detallada expr.....