El Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: CONDENA al Acusado Ciudadano LUIS ANDRES CASTRO MONTERO, Venezolano, Indocumentado, de 19 años de edad, hijo de los ciudadanos Maria Venidle Mosquera y Pedro Luis Castro, residenciado en el Barrio El Prado, Calle H-13, casa sin número, Sector Tia Juana, cerca de la Bodega Ely, Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑO DE PRISION como COOPERADOR INMEDIATO del delito de SECUESTRO, previsto y sancionado en el artículo 460, parágrafo primero del Código Penal, mas las penas accesorias contenidas en el Artículo 16 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el Articulo 267 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de LUIS ANDRES CASTRO ROMERO, por los delitos de LESIONES y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en.....