PRIMERO: COMPETENTE para conocer del Recurso de Amparo Constitucional interpuesto por el ciudadano JOHAN GONZÁLEZ ACURERO, en contra de la sociedad mercantil PDVSA OPERACIONES ACUÁTICAS, S.A., por la presunta violación de los derechos consagrados en las disposiciones constitucionales previstas en los artículos 87, 89, 91 y 93 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: ADMITE el Recurso de Amparo Constitucional y en consecuencia, ACUERDA su tramitación conforme al procedimiento establecido por el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión de fecha 01 de febrero de 2000. TERCERO: SE ORDENA notificar mediante Boleta, a la sociedad mercantil PDVSA OPERACIONES ACUÁTICAS, S.A., en la persona de la ciudadana FELINA ROMERO, en su carácter de Gerente de Operaciones Acuáticas de la referida empresa, domiciliada en el sector Las Morochas, Calle Independencia, Muelle Luisa Cáceres de Arismendi (antiguo muelle Hermanos Papagayo), en Ciudad Oje.....