En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano MANUEL JOSÉ PÉREZ SUÁREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.405.056, sobre una bienhechuria consistente en una vivienda construida sobre un lote de terreno de su propiedad, con un área aproximada de TRESCIENTOS VEINTICUATRO METROS CUADRADOS CON VEINTISIETE CENTÍMETROS CUADRADOS (324,27Mts2), comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte, en 11,90 Mts, con Lote A-5; Sur, en 11,90Mts, con calle en proyecto; Este, en 29,50 Mts, con Lote C-1 propiedad de Carmelo Narváez y Carmen Teneud; y Oeste, en 25 Mts, con calle en proyecto; según consta de documento debidamente protocolizado por ante el Registro Subalterno del Distrito Mariño, en fecha 09-02-01, bajo el N° 1, folios 2 al 6, Tomo 7, Protocolo Primero, Primer Trimestre de 2001.-