Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos FILIBERTO DELGADO FERNANDEZ y ZENAIDA PAVA GARCIA, el día treinta (30) de diciembre de mil novecientos noventa (1.990), por ante el Jefe Civil y Secretario respectivamente, de la Parroquia San José del Municipio Autónomo Machiques de Perijá del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el N° 60, acompañada a los autos en copia certificada.