III
DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185 del Código Civil, presentada por la Profesional del Derecho YADRIANNY JOSÉ GUTIERREZ GUTIERREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matricula 295.586, actuando en este acto en nombre y representación del ciudadano ENMANUEL JOSÉ SALAZAR SEVILLA, titular de la cédula de identidad número V-12.603.568, por una parte y por la otra, la ciudadana NORKIS COROMOTO GUTIERREZ CHIRINOS, titular de la cédula de identidad número V-12.712.704.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha veintitrés (23) de Noviembre del año dos mil diez (2010), por ante el Registro Civil de la Parroquia Jorg.....