DECIDE: PRIMERO: Declarar la procedencia de la Admisión de los Hechos expuesta por el acusado adolescente, (SE OMITE EL NOMBRE E IDENTIDAD DEL ADOLESCENTE) ,la cual ha sido expresada libre de coacción y apremio, con la asistencia de su Defensor de confianza y guardando las Garantías Legales y Constitucionales del Debido Proceso, conforme a lo previsto en el articulo 375 del COPP y los artículos 08, 90 y 537 de la LOPNNA .
SEGUNDO: DECLARA LA CULPABILIDAD Y RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE, (SE OMITE EL NOMBRE E IDENTIDAD DEL ADOLESCENTE), fecha de nacimiento 03- 01-2000, DE 15 años de edad, Residenciado en el Barrio Modelo, Parroquia Venancio Pulgar, Teléfono 0416-5611373. En consecuencia, se procede a DICTAR SENTENCIA CONDENATORIA por estar comprobada la culpabilidad y responsabilidad penal del adolescente , (SE OMITE EL NOMBRE E IDENTIDAD DEL ADOLESCENTE), por la comisión del delito de USO DE FACSIMÍLE DE ARMA DE FUEGO, PREVISTO EN EL ARTÍCULO 114 DE LA LEY PARA EL DESARME Y CO.....