ÚNICO: IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada por el profesional del derecho MANUEL RINCÓN, en su condición de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil LACTEOS SANTA BARBARA, C.A., referida a la Suspensión de los Efectos del acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº. 2010-001, de fecha 06 de enero de 2011, dictada por la Inspectoría del Trabajo de Santa Bárbara del Zulia con Sede en San Carlos del Zulia, expediente Nro. 0063-2010-01-00086, que declaró CON LUGAR el reenganche y pago de salarios caídos de los ciudadanos JOSÉ MANUEL NUÑEZ, MORWIN ANTONIO VERA MARTÍNEZ, ESTIVEN JOSÉ PÉREZ GONZÁLEZ y JOHAN BRACHO CAMPOS.