PRIMERO: LA INCOMPETENCIA de este Tribunal para conocer de la acción de Cumplimiento de Contrato de Seguro y Daños y Perjuicios, incoada por el ciudadano TIBER ANTONIO REYES ORTIZ, antes identificado, contra la sociedad mercantil SEGUROS LA OCCIDENTAL, C.A., inscrita ante el Registro de Comercio que llevó la Secretaría del Juzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha (06) de Noviembre de 1956, bajo el No. 56, Tomo 1°, libro 42, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia.
SEGUNDO: SE DECLINA la competencia al Juzgado de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, al cual corresponda por distribución.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de esta decisión.