Este Juzgado DE LOS MUNICIPIOS MACHIQUES DE PERIJA Y ROSARIO DE PERIJA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos SENON JOSE NAVEDA y MILAGROS DEL VALLE CABRERA SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 6.583.276 y 10.678.505 respectivamente y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día Veintitrés (23) de Septiembre de Mil Novecientos Ochenta y Ocho (1988), por ante el Secretario Encargado y Secretario Accidental de la Prefectura del Municipio Rosario del Distrito Perijá del Estado Zulia, signada con el No.124, todo de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente..