DECISION
Por las razones antes expresadas, este Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
INADMISIBLE la demanda por COBRO DE BOLIVARES POR PROCEDIMIENTO ORDINARIO propuesta por el Abogado EDUWIN AUGUSTO SILVA TORREALBA, contra el ciudadano VICTOR MANUEL MARTINS, todos anteriormente identificados.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la sala de este Despacho, a los nueve (09) días del mes de marzo del dos mil seis (2006). Años 195° de la Independencia y 147° de la Federación.
LA JUEZ,
Abog. María del Pilar Faría Romero.
LA SECRETARIA,
Abog. Ada Jiménez.
En esta misma fecha, siendo las dos (02:00) de la tarde, se dictó y.....