Por los fundamentos expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
A) CONSUMADO el acto procesal de TRANSACCIÓN, celebrado por las partes en el juicio por DAÑOS Y PERJUICIOS, seguido por la Sociedad Mercantil SEGUROS LA OCCIDENTAL C.A., contra el ciudadano TITO JOSE CASTILLO GARCIA, ambos identificados en la parte narrativa de este fallo, en consecuencia, se homologa la presente transacción, dándole el carácter de Cosa Juzgada.
B) No hay condenatoria en costas por tratarse de una Transacción celebrada entre las partes.
Déjese copia certificada por Secretaria de conformidad con él Articulo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Articulo 1.384 del Código Civil y el artículo 72, Ordinales 3ro, y 9no. de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, sellada y firmad.....