En razón de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: Medida Cautelar Sustitutiva de la Libertad, a favor del ciudadano WILSON JOSE HERNANDEZ, Venezolano, Natural de Santa Cruz del Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, nacido el 06-03-78, de 27 años de edad, portador de la cédula de Identidad N° V-15.854.283, soltero, Obrero, hijo de Padre RODOLFO HERNANDEZ y de MERYS BADILLO, y residenciado en la Hacienda Monte Olivo, propiedad del ciudadano EUDO TROCONIS, carretera Puente Zulia ? El Guayabo, Municipio catatumbo del Estado Zulia, a quien el Ministerio Público le atribuye la comisión del delito HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 3 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana NEIRA VILLAMIZAR SUAREZ, todo d.....