Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: LIBERTAD INMEDIATA, a los ciudadanos GABRIEL SÁNCHEZ titular de la Cédula de Identidad Nª 17.099.726 Y ALEJANDRO DE SALES, titular de la Cédula de Identidad 17.415.416, por no encontrarse llenos los extremos establecidos en el artículo 250 del Código Penal. Se oficio al Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite bajo los N° 833-05 Se deja constancia que se cumplieron con todas las formalidades de Ley, quedando notificadas las partes de la presente decisión. Asimismo se libró copia certificada del presente acto, para ser archivada en el copiador respectivo, que se registro bajo el N° 655-05. Se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público en su oportunidad legal correspondiente. Concluyó el acto sie.....