Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana ELVIS JOSE VILLASMIL ATENCIO en contra de OLIDA EDICTA MORAN DE GIL, ambas partes ya identificadas y CONDENA a la última de las nombradas a pagar al primero la cantidad UN MILLON TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.300.000,oo) monto de la sumatoria de los conceptos reclamados en el libelo de la demanda, o sea, el monto de la letra de cambio, los intereses demandados y la cantidad exigida por concepto de honorarios profesionales, conforme al decreto de intimación del 10 de Enero de 2003, adicionada con el monto que resultare de la experticia complementaria del fallo que se ordena practicar por efectos de la pérdida del valor de la moneda o corrección monetaria, en los términos solicitados en e.....