DECLARA:
- COSA JUZGADA en la solicitud de obligación de manutención, intentada por el ciudadano Julio Alberto González, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V- 13.609.787, en la presente causa de Divorcio Ordinario, incoada en contra de la ciudadana Alba Esquelis Borges Portillo, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V- 15.011.009 y en relación con la adolescente y el niño (identidad omitida, artículo 65 LOPNNA), en consecuencia, se desecha la demanda y declara extinguido el presente proceso. Así se decide.
No hay condenatoria en costa debido a la naturaleza del proceso.-
Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Expídase copia certificada del presente fallo.
Dada, firmada y sellada, en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscri.....