DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Con lugar del recurso de apelación interpuesto por el ciudadano DARIO SEGUNDO ECHETO OCHOA, plenamente identificado en autos, asistido por el profesional del derecho EURO CUBILLAN, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 73.062, en contra en contra del ciudadano DERMINS ZAMARRIPA, Jefe Civil de la Parroquia Chiquinquirá de esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, SEGUNDO: SE ANULA la decisión signada con el N° 122-09, de fecha 15 de Diciembre de 2009, mediante la cual el referido Juzgado de Juicio declaró INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional intentada por el ciudadano DARIO SEGUNDO ECHETO OCHOA, plenamente identificado en autos, asistido por el profesional del derecho EURO CUBILLAN, en contra del ciudadano DERMINS ZAMARRIPA, Jefe Civil de la Par.....