este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara formalmente secuestrado el inmueble en el cual se encuentra constituido anteriormente determinado, por ser el mismo que aparece señalado en el despacho comisorio tal y como fue verificado por el experto designado en este acto, y lo pone en posesión de la parte actora- secuestrataria judicial designada, quien por intermedio de su apoderada judicial lo recibió completamente desocupado, por cuanto el encargado notificado en este acto retiró del mismo los pocos bienes muebles que se encontraban en dicho local, por su propia cuenta y bajo su total absoluta responsabilidad.