Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana BELMARYS COROTOMO OCANDO, en su carácter de Presidenta del Grupo Económico conformado por las SOCIEDADES MERCANTILES TIENDAS FENICIA MONTIELCO C.A., TIENDAS FENICIA C.A., TIENDAS FENICIA CHINITA, C.A., BLUE GALERIAS C.A., BLUE DELICIAS C.A., BLUE GALERIAS C.A. y BLUE LAGO MALL C.A, debidamente asistida por el profesional del derecho ANTONIO PERNALETE, en contra de la decisión dictada en fecha 20 de de enero de 2010, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia; 2) SE DECLARA LA CONFESION FICTA DE LA PARTE DEMANDADA EN VIRTUD DE SU INCOMPARECENCIA A LA AUDIENCIA PRELIMINAR.-