Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, Declara en Estado de ejecución la presente Sentencia y los respectivos cómputos de Ley, relacionados con los penados, ANGEL JUNIOR CALDERA SANCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 15.478.367, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 21-06-1983, de 25 años de edad, casado, hijo de Ángel Caldera y de Yoleida Sánchez, y GERZON ENRIQUE MEJIAS CHOURIO, titular de la cédula de identidad N° 12.634.075, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 03-04-1977, de 31 años de edad, obrero, hijo de Jesús Mejias y de Raiza de Mejias, quienes seran trasladados de inmediato a la Cárcel Nacional de Maracaibo, de conformidad con lo establecido en los artículos 482,.....