Por lo expuesto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en uso de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara:
1) DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandada contra la sentencia dictada el 18 de octubre de 2005 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, que declaró parcialmente con lugar la demandada que por cobro de prestaciones sociales sigue el ciudadano JOEL JOSÉ ALVAREZ BOYDES, contra la sociedad mercantil PERFORACIONES DELTA, C.A.
2) SE CONDENA EN COSTAS procesales a la parte recurrente de conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.